TSC hace investigación relacionada a la compra de hospitales por parte de Invest- H
El decreto 116-2019 concede al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), ente encargado de velar por el uso adecuado de los bienes y recursos del Estado y mientras no haya una resolución del TSC estarán paralizados los procesos investigables, esto permite que los Funcionarios Públicos puedan liquidar recursos que malversaron.
Se le concede al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), un plazo de 3 años para auditar dichos fondos; periodo durante el cual tales funcionarios no podrán ser investigados ni acusados por el Ministerio Público por uso indebido de recursos. Además, si el TSC determina que los fondos fueron indebidamente utilizados, los responsables tendrán un plazo de 3 años antes de poder ser acusados penalmente por el Ministerio Público.
Incluso los fondos entregados en el pasado, estas investigaciones incluyen el caso de la red de diputados acusados de haberse apropiado ilegalmente a través de una ONG de fondos públicos destinados a proyectos sociales, o el caso conocido como “arca abierta” que involucra a varios diputados actuales y ex-congresistas en la malversación de recursos de Casa Presidencial, el Congreso Nacional y la Secretaría de Finanzas, entre otros casos.
El Ministerio Público ha señalado que este decreto atenta contra su capacidad de investigar a quienes han incurrido o incurran en diversos tipos de delitos como la malversación de recursos públicos por lo cual ha solicitado a la Corte Suprema de Justicia se declare su inconstitucionalidad. Exhortamos a la Corte Suprema de Justicia actuar conforme a ley y en defensa de los intereses del pueblo hondureño.
TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS (TSC)
Conviene precisar, asimismo, que constitucionalmente el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) solamente tiene la facultad de determinar el enriquecimiento ilícito en sede administrativa y no la totalidad de los ilícitos que se deriven del manejo irregular de los fondos públicos. se reafirma en el artículo 1 de la Ley Orgánica del TSC, misma que desarrolla en los artículos 62, 63, 64, 65, 66 y 67 el procedimiento que deberá seguirse para la determinación del ilícito.
REGLAMENTO DEL TSC
Artículos 119, con respecto al agotamiento de la vía administrativa, artículos 16, 17 evitaría cualquier tipo de investigación y acción penal por parte del Ministerio Público, sobre aquellos fondos que hubiesen sido otorgados a todo tipo de Servidores Públicos.
La asociación para una sociedad más justa (ASJ) y opositores también criticaron las medidas para las investigaciones a la ejecución de esos fondos las haga el Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
Con la expulsión de la MACCIH y la eliminación de la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad y la Corrupción (UFECIC), surge un escenario realmente angustiante para los actores comprometidos en la lucha anti-corrupción.
La MACCIH considero que se dificultará las investigaciones por malversación de caudales públicos, ya que entre otras medidas introduce nuevos mecanismos que podrían retrasar hasta en siete años el inicio de las investigaciones por parte del Ministerio Público.
Por otro lado El Consejo Nacional Anticorrupción (CNA) logró identificar una serie de irregularidades dentro del nuevo Código Penal, instrumento jurídico que está moldeado para generar mayor impunidad y tratar con guantes de seda al corrupto; lográndose evidenciar en la reducción de penas en los delitos contra la administración pública.
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