Para el Ministerio Público, la extinta Comisión Permanente operó al margen de la Constitución al arrogarse potestades reservadas en exclusiva para el pleno de los 128 diputados.
TEGUCIGALPA, HONDURAS. — En un punto de inflexión para el curso de las investigaciones de alto impacto en el país, el Poder Judicial ha marcado la cancha al Ministerio Público (MP). Una jueza natural otorgó un plazo perentorio e improrrogable de cinco días hábiles a la representación fiscal para que defina, bajo estrictos criterios técnicos, los contornos y el objeto de una pericia cibernética clave. La diligencia judicial es la piedra angular con la que los fiscales pretenden individualizar a los responsables de haber convocado y aprobado el polémico Decreto Legislativo 58-2025.
El expediente penal salpica de forma directa al expresidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, junto a otros 11 exintegrantes de la extinta Comisión Permanente. La Fiscalía los mantiene bajo la lupa por la presunta comisión de un abanico de delitos de alta gravedad contra la administración pública y el Estado: abuso de autoridad, violación de los deberes de los funcionarios, usurpación de funciones públicas y traición a la patria.
El rastro digital en un dispositivo USB
De acuerdo con el comunicado emitido por el propio ente persecutor del delito, la pericia tecnológica buscará desentrañar, mediante métodos científicos e informáticos, quiénes fueron los congresistas —en su condición de integrantes de la Junta Directiva y de la Comisión Permanente— que verdaderamente sesionaron y estamparon su voluntad para promulgar la cuestionada normativa.
El material probatorio bajo análisis proviene de un dispositivo USB entregado de forma oficial por las autoridades de la sede legislativa. En dicha unidad de almacenamiento constan los registros digitales, grabaciones e información técnica de la sesión en debate. Para dar valor probatorio pleno en un eventual juicio, el MP debe delimitar con absoluta precisión qué elementos buscará en los archivos audiovisuales e informáticos, evitando nulidades procesales.
Desde el organismo investigador se aseguró que se responderá en tiempo y forma al requerimiento dictado por la jueza natural, ratificando su adhesión al debido proceso y enfatizando que la persecución penal contra el presunto abuso de poder no dará un paso atrás.
El origen de la discordia: El polémico Decreto 58-2025
El eje transversal sobre el que gravita el proceso judicial es el Decreto Legislativo 58-2025, aprobado el pasado 8 de enero de 2026 y publicado al día siguiente en el Diario Oficial La Gaceta. La controvertida medida ordenaba de forma vinculante al Consejo Nacional Electoral (CNE) proceder con un escrutinio especial «voto por voto» de las elecciones generales en los tres niveles electivos (presidencial, legislativo y municipal) donde existieran actas con inconsistencias.
Sin embargo, el detonante de las acciones penales fue la cláusula subsidiaria del decreto: la disposición contemplaba que, si el organismo electoral no ejecutaba el procedimiento solicitado, el propio Congreso Nacional asumiría de forma directa el recuento total de los sufragios.
Expertos constitucionalistas y diversos sectores del país calificaron la acción como un flagrante golpe a la autonomía institucional del CNE y un exceso de atribuciones. A las dudas sobre la legalidad del fondo de la medida, se sumaron graves cuestionamientos procedimentales, tales como la falta del quórum legal mínimo de 65 diputados propietarios para sesionar y aprobar reformas electorales.
La delimitación técnica que el MP entregará esta semana definirá si el caso se eleva formalmente con un requerimiento fiscal o si se reconfiguran las líneas de investigación en esta etapa de diligencias previas.






