El gobierno de la República aprobó este domingo el decreto ejecutivo PCM-045-2020, mediante el cual se amplían las restricciones constitucionales hasta el próximo domingo 24 de mayo.
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-045-2020
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO,
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, aprobó el Decreto Ejecutivo Número PCM-042-2020, mediante el cual se prorrogó por siete (7) días más, efectivos a partir del domingo diez (10) de mayo del presente año, la restricción a nivel nacional de las Garantías Constitucionales establecidas en los Artículos 69, 78, 81, 84, 99, y 103 de la Constitución de la República, emitida mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-021-2020, reformado y ratificados por el Congreso Nacional, en todas y cada una de sus partes mediante Decreto Legislativo No. 42-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 4 de mayo, 2020 Edición No. 35,242.
CONSIDERANDO: Que el Consejo de Secretarios de Estado, presidido por el Presidente de la República, ha desarrollado mesas de trabajo para analizar el impacto de todas las medidas aprobadas en el ámbito sanitario, para salvar vidas ante la pandemia de coronavirus, decisiones en el ámbito económico y las medidas de seguridad para resguardar a la población.
CONSIDERANDO: Que en este análisis y evaluación de la estrategia del Gobierno en el marco de la emergencia nacional por covid-19, también se definió la toma de nuevas acciones y decisiones para continuar esta guerra frontal contra el virus, para lo cual se conformó un equipo multidisciplinario con la oportunidad de incorporar a otras personas para estructurar, una apertura de salida inteligente, de ciertas industrias importantes como la productora, transportadora, distribuidora y dispensadora de alimentos, la industria de la construcción entre otras, observado un protocolo estricto de bioseguridad, pero sin levantar la restricción de Garantías Constitucionales antes enunciadas.
CONSIDERANDO: Que después de nueve semanas con el virus en país, se percibe por la cantidad de contagios que se reportan cada semana en el Sistema Sanitario, que en dos meses puede colapsar el Sistema Sanitario, tomando en cuenta que por contagiado confirmado hay 3 o 10 personas más con el virus, ya que actualmente se reportan 2,460 casos positivos, 134 perdieron la vida por la enfermedad, dejando una letalidad de 5.4% y una tasa de recuperación del 10%, lo cual implica un crecimiento exponencial de contagiados, a razón que el número día a día se va incrementando, existiendo el inminente peligro de que la situación se pueda desbordar, razón por lo cual es apremiante continuar robusteciendo las medidas adoptadas para revertir la situación.
POR TANTO;
En uso de las facultades contenidas en los Artículos 59, 65, 69, 78, 81, 84, 99, 103, 145, 187, 245 numerales 2, 11, 29, 245 numerales 4), 7) y 16), 248, 252, 321 y 323 de la Constitución de la República; Artículos 1, 2, 3, 4, 8, 9, 10, 15, 177, 180, 181 y 188 del Código de Salud; Artículos 7, 11, 17, 18, 20, 22 numeral 9, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas según Decreto Legislativo No. 266-2013; Artículos 4, inciso 2), 5, 41 y 45 de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER); Decreto Legislativo No. 32-2020; Decreto Legislativo No. 40-2020.
DECRETA:
RESTRICCIÓN GRADUAL DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES PARA REFORZAR EL DISTANCIAMIENTO SOCIAL Y PARA EVITAR LA PROPAGACIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19.
ARTÍCULO 1.- RESTRICCION GRADUAL A NIVEL NACIONAL: Declarar restricción de las Garantías Constitucionales a nivel nacional contenidas en los Artículos 69, 78, 81, 84, 99, y 103 de la Constitución de la República a partir del 18 de mayo del corriente año 2020 hasta el 24 del mismo mes y año.
En aplicación del Artículo 187, numeral 4, de la Constitución de la República se convoca al Congreso Nacional para que dentro del plazo de treinta (30) días, conozca de este Decreto Ejecutivo y lo ratifique, modifique o impruebe.





