viernes, mayo 15, 2026

CCIT, la prórroga en el pago del ISR se considera como “injusta y arbitraria”.

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 18 junio, 2020 

Dirigente empresarial capitalino manifestó que “nosotros esperábamos que fuera una prórroga justa para toda la micro, pequeña y mediana empresa, sin embargo, esta fue condicionada a que el obligado tributario no hubiese operado desde el 16 de marzo hasta la fecha de publicación en el diario oficial La Gaceta, el cambio de extensión de pago de impuestos”.

Para Fortín, si una empresa hizo una, dos o hasta 10 facturas de ventas, pues no va a poder tener la extensión hasta el 31 de agosto, como lo establecieron las autoridades de gobierno, sino hacer efectivo el pago del Impuesto sobre la Renta el 30 de junio del presente año.

“Consideramos que es bien injusto y arbitrario; y como siempre la SAR tratando de exprimir una esponja que ya no tiene agua, o, como querer sacarle sangre a un enfermo en el que ya no se puede”, insistió el miembro de la CCIT.

Según el entrevistado, las únicas empresas o comercios que serán beneficiadas con la ampliación tributaria, son aquellas que mantienen cerradas sus operaciones, por ejemplo, las de educación, cines, bares y las tiendas en los centros comerciales (mall), las cuales todavía no han sido autorizadas para abrir sus actividades. 

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