El Tribunal absolvió de responsabilidad penal a Arnaldo Urbina por 63 delitos de abuso de autoridad y 122 delitos de malversación de caudales públicos. En esta misma resolución se libró de responsabilidad penal a Karen Rodríguez por un delito de fraude y a Mirna Castro por un delito de fraude y malversación de caudales públicos debido a la insuficiencia probatoria encontrada en el juicio oral y público.
Según los hechos probados en el juicio, durante la gestión municipal de Arnaldo Urbina, se suscribieron contratos entre éste y el señor Lenay Urbina Urbina, por concepto de alquiler de maquinaria para la ejecución de diversos proyectos, en comunidades del municipio de Yoro, departamento de Yoro, obviando los requisitos exigidos en las normas vigentes para contratar con el Estado, entre ellos, contar con el mínimo de cotizaciones requeridas para las contrataciones directas, infringiendo así las disposiciones legales que en razón de su cargo se encontraba obligado a cumplir. Mirna Isabel Castro Lanza, en su condición de Tesorera de la municipalidad de Yoro, tenía la obligación de retener el 12.5% en concepto de Impuesto Sobre Renta, durante los años 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, en todos los contratos celebrados por la Corporación Municipal durante su gestión, deber que fue omitido por parte de ésta, en especial en los contratos suscritos.
Los jueces indicaron que Karen Rodríguez Pérez, en su condición de Contadora de la municipalidad antes referida, también se encontraba obligada a retener el 12.5% del Impuesto Sobre Renta en todas las contrataciones realizadas por la alcaldía municipal de Yoro, retención que fue no realizada. Debido al incumplimiento de dichas retenciones se causó un perjuicio al Estado por el orden de un millón 27 mil 751 lempiras con 45 centavos, detalla la sentencia.






