El conocido abogado constitucionalista, Juan Carlos Barrientos, declaró que el designado presidencial, Salvador Nasralla, puede renunciar en el momento que quiera a su puesto y no queda inhabilitado, para buscar un cargo de elección popular en los comicios de 2025.
Barrientos se pronunció en los términos anteriores a raíz de la petición pública que hiciera Nasralla, quien pidió consejos a un abogado experto en temas constitucionales, para que le indicara qué camino legal seguir, para renunciar a su cargo, sin quedar inhabilitado para las próximas elecciones.
“Yo -dijo Barrientos- le contesto a Salvador Nasralla, que la amenaza constitucional no existe, en la Constitución de la República; no existe ninguna prohibición para que renuncie a cargos de elección popular”.
“Es más, está habilitada la renuncia del designado presidencial en el artículo 40 de la Constitución, y allí se establece que es un deber de los ciudadanos desempeñar los cargos de elección popular, salvo excusa o renuncia con causa justificada”.
“Y como los constituyentes no tuvieron el cuidado de especificar las causas justificadas, entonces la causa puede ser cualquiera”, describió el también catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH).
Agregó que ya existen antecedentes de la renuncia de designados presidenciales, sin que quedaran inhabilitados y como ejemplo, citó el caso del excandidato presidencial liberal, Elvin Santos, quien en su momento renunció como vicepresidente, y no tuvo ningún problema para buscar enseguida un cargo de elección popular y por eso fue diputado posteriormente.
“En consecuencia -apuntó- no sé de dónde han sacado eso de que se inhabilita por 10 a años a los que renuncian a los cargos de elección popular, cuando eso no existe en la Constitución y por ello puede renunciar, incluso el presidente de la República, si invoca una causa”.
Detalló que la renuncia de todos los cargos de elección popular se interpone ante el Congreso Nacional, por lo que si Salvador Nasralla renuncia como designado presidencial, debería acudir al Legislativo para interponerla y luego los diputados tendrían que proceder como en cualquier otro decreto común y corriente y luego sesionar para elegir al sustituto.
“Así que, si Salvador Nasralla no renuncia a su cargo de designado presidencial, después de saber que la Constitución no se lo prohíbe, es porque no quiere o porque sus actitudes son mediáticas”, puntualizó Barrientos.