Son muchos los detenidos que esperan sentencia.
Serán juzgados por instigación al odio, en la primera aplicación de una ley aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente.
/s3.amazonaws.com/arc-wordpress-client-uploads/infobae-wp/wp-content/uploads/2017/12/18155625/Congreso-Marcha-Reforma-Previsional-Incidentes-15.jpg)
Un tribunal del Estado Carabobo ordenó la privación de libertad para Érika Palacios, de 44 años, y Ronald Sevilla, de 25, detenidos en una protesta de unas 15 personas que cerraron una avenida y quemaron neumáticos.

Según un comunicado del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, ambos serán juzgados por “detentación de sustancias incendiarias y artefactos explosivos”, “obstaculización de la vía pública” e “instigación al odio”, delito castigado con hasta 20 años en la llamada Ley contra el Odio.
“Este delito se encuentra tipificado en la ley contra el odio que limita el derecho a manifestar, a la libertad de expresión y el derecho a disentir”, dijo Luis Betancourt, de la ONG Foro Penal
La Constituyente venezolana, que rige con poderes absolutos, aprobó en noviembre pasado una ley que castiga “delitos de odio” y prevé ilegalizar partidos y cerrar medios de comunicación que los inciten.





