sábado, marzo 7, 2026

La ley prohíbe a los diputados postularse para magistrados a la Corte Suprema de Justicia

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Tegucigalpa. A las puertas de la elección de la nueva Corte Suprema de Justicia surgen
ecos de que diputados estarían optando a la alta magistratura del Poder Judicial a lo interno de las bancadas del Congreso Nacional.
La Constitución de la República prohíbe a los parlamentarios en funciones desempeñar cargos públicos fuera del Poder Legislativo y Ejecutivo, para los cuales no fueron electos.

Al ser consultado sobre este polémico asunto, el abogado constitucionalista Juan Carlos
Barrientos señaló que “hay una prohibición en la Constitución que exalta que los diputados
no pueden postularse como magistrados, solo optar a los cargos en el Poder Ejecutivo o como diplomáticos, lógicamente pidiendo permiso al Legislativo”.

El artículo 203 de la Constitución de la República establece: “Los diputados en ejercicio no
podrán desempeñar cargos públicos remunerados durante el tiempo por el cual han sido
elegidos, excepto de carácter docente, cultural y los relacionados con los servicios profesionales de asistencia social”.
Concluyó que “aquí no le dice que no pueden ser magistrados, sino que los únicos cargos que pueden desempeñar es dentro del Ejecutivo

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