
Aguilar explicó que el ciudadano ganó su recurso de amparo debido a que la legislación hondureña no especifica cuáles son las velocidades máximas o mínimas permitidas. Solo establece que las carreteras están diseñadas para conducir a 80 kilómetros por hora (km/h).
«Es importante recordar a los ciudadanos que no es recomendable conducir por encima de los 80 km/h«, enfatizó Aguilar durante el programa Frente a Frente de Canal 5. También señaló que el amparo obtenido por el abogado Mejía «solo se aplica a él, ya que fue quien lo presentó». Además, se identificó un error en el procedimiento seguido por los agentes policiales en su caso.
En este contexto, Aguilar resaltó que en la actualidad, cuando los agentes de tránsito detectan a alguien conduciendo a una velocidad excesiva, en primer lugar se le insta a reducir la velocidad. Si no lo hace, tienen la autoridad para detenerlo y citarlo ante la DNVT para presentar el caso. Después de esta etapa, se determina si es necesario emitirle una multa en base a la Ley de Tránsito.
Aguilar advirtió a los ciudadanos que sean sorprendidos conduciendo a más de 80 km/h que, aunque no se les multará por exceder este límite, podrían recibir una infracción por otras violaciones relacionadas, como la conducción imprudente.