martes, diciembre 5, 2023

En juicio Juan Ramón “Monchito” Matta Waldurraga.

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La sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional inició ayer con el juicio oral y público en la causa instruida para Juan Ramón “Monchito” Matta Waldurraga, a quien se le supone responsable del delito de lavado de activos agravado.

La Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO), acusa a Matta Waldurraga y los señalamientos están relacionados con la Operación Terremoto que la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN) ejecutó en el 2017, caso por el que se solicita sentencia condenatoria.

Las investigaciones de la Fiscalía, según lo detallan los fiscales en su acusación, mostraron la existencia de un grupo organizado de personas que durante un periodo de tiempo procedieron a realizar adquisiciones e inversiones con el fin de convertir y ocultar activos cuya procedencia no tiene justificación económica.

Dichas actuaciones se efectuaron a través de traspasos a título oneroso y gratuito de bienes inmuebles, créditos hipotecarios y traspasos de acciones de sociedades, entre otras.

En ese contexto, los señalados de lavado de dinero fueron: Juan Ramón Matta Waldurraga, Asdrúbal Humberto Mejía Sobalvarro, Eduardo Rodríguez Bustamante, Johnny Alexis Galeas Galeas, Josué Natanael Borjas Guifarro, Ada Edelmira Borjas Guifarro y Raquel Tatiana Núñez Pagoada.

Varias de estas personas ya fueron condenadas, al tiempo que sobre muchos de los 71 bienes incautados el 17 de junio de 2017 en Francisco Morazán, Cortés y Olancho existen sentencias de comiso definitivas emitidas por el juzgado de Privación.

En torno a Matta Waldurraga, él ya fue condenado por una Corte del Distrito Sur de Nueva York, Estados Unidos, por conspiración para la distribución internacional de cocaína (conducta precedente); luego fue repatriado a Colombia (de donde tiene ciudadanía también) y finalmente a ese país la FESCCO lo solicitó en extradición.

De cara al juicio, la prueba con la que cuenta el Ministerio Público consiste en una pericia financiera con 20 insumos, una pericia de extracción y análisis de información de correos electrónicos, seis actas de allanamiento, una declaración testifical, así como medios probatorios relacionados con los antecedentes establecidos en el proceso judicial por el cual fue sentenciado por la justicia norteamericana.

Sin embargo, la defensa privada del encausado pretende demostrar su inocencia además de ampararse en la reforma al delito de lavado de activos en el Código Penal donde es la Fiscalía la responsable de demostrar que existe un delito precedente que deriva el supuesto lavado, de lo contrario será absuelto del ilícito.

 

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