sábado, marzo 7, 2026

Congreso Nacional: Aprueba dos leyes a favor de cotizantes del RAP y del IHSS

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La del Fondo de Reserva Laboral de Capitalización Individual administrado por el Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) y la Ley para la Regulación de las Aportaciones y Cotizaciones del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).

La Ley del Fondo de Reserva Laboral tiene por objeto la creación y administración de los recursos que se capten de parte de los empleadores, el cual estará constituido en el RAP. El fin de este fondo es generar una reserva que permita cubrir el pago, ya sea por cesantía o por prima de antigüedad, una vez que la relación individual de trabajo haya terminado, destacó.

Esta será financiada por los aportes de los empleadores obligatorios del 4 por ciento del salario ordinario, aportación que deberán acreditar a una cuenta individual a nombre del trabajador en el RAP, es decir, si un trabajador recibe un salario de 16,000 lempiras, el empleador deberá aportar mensualmente 640 lempiras a dicha cuenta. Se destacó que será con base a un techo de cotización obligatoria de tres salarios mínimos en su nivel más alto,

Cuando cese la relación laboral por cualquier causa de terminación del contrato individual de trabajo, en este caso, el trabajador tendrá derecho a recibir del RAP el valor constituido en la cuenta de reserva laboral.

Estas leyes tendrán vigencia a partir de la publicación en La Gaceta, diario oficial de la República de Honduras o en la fecha que dicha publicación.

 

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