lunes, junio 5, 2023

Nueva Ley Tributaria crea inseguridad jurídica y reduce la competitividad del país

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Maquiladores
El sector maquilador se pronunció sobre los efectos de la Ley de Justicia Tributaria.
Asociación de maquiladores: Los maquiladores aseguran que la derogación de los beneficios fiscales creará desempleo, inseguridad jurídica y ahuyentará a las empresas hacia a otros países más favorables.

La derogación de los beneficios fiscales le restará competitividad a Honduras produciendo al mismo tiempo desconfianza de la inversión extranjera y nacional, inseguridad jurídica, dificultad en la generación de empleo y traslado de las empresas a otros países atractivos.

Así se lo hizo ver la Asociación Hondureña de Maquiladores (AHM) a la comisión legislativa que prepara el dictamen de la Ley de Justicia Tributaria, enviada por el Ejecutivo, para su aprobación en el Congreso Nacional.

Durante la entrevista que esta comisión le concedió a los ejecutivos de la AHM, la semana pasada, quedó demostrado en forma contundente, que las reformas a la Ley de Zonas Libres aprobadas en el año 2020 tuvieron un efecto sumamente positivo en materia de inversión, generación de empleo (11%), volumen de exportaciones (37%) y volúmenes de compras de bienes y servicios locales (aumento del 54%) en el mercado local, impactando todo ello en la recaudación fiscal.

Por lo anterior, la AHM considera que, dados los resultados obtenidos, no se deben de derogar los beneficios fiscales contenidos en los diferentes regímenes especiales, así como tampoco aprobar reformas que generen inseguridad jurídica que desmotive a la inversión.

ARTÍCULO 11: INSUFICIENTE E ILUSORIO
Puntualmente, los maquiladores analizaron el artículo 11 del proyecto sobre exoneración del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y conexos, Impuesto Sobre la Venta (ISV) y las exoneración de impuestos y cargos sobre las importaciones y exportaciones.

A criterio de la AMH, si se comparan estos beneficios fiscales con los que ofrecen los países CAFTA-DR tales incentivos resultan insuficientes para que Honduras compita con esos países; pero además de ello, los incentivos que contiene el régimen de Zonas Francas no solo son insuficientes y poco atractivos, sino que dos de ellos resultan ilusorios en la práctica.

La exoneración del Impuesto Sobre Ventas que ofrece Honduras, señalan los maquiladores, está supeditada a pagar el impuesto para luego ser devuelto previo a un trámite administrativo, lo que tiene dos desventajas: Por un lado, absorbe una cantidad importante del capital del trabajo de las empresas encareciéndoles su costo. Por el otro, no hay certidumbre en la devolución del dinero destinado a pagar el impuesto. Esta situación, agregan, no es atractiva para ningún inversionista ya que tienen opciones en otros países en donde su exoneración del Impuesto Sobre Ventas únicamente requiere controles sobre los bienes adquiridos con exoneración de impuestos.

Para evitar que las empresas que actualmente operan en el país bajo regímenes especiales y las que pudiéramos atraer en lo futuro con una ley genuinamente competitiva se desestimulen, ellos proponen que el artículo 24 del proyecto de Ley de Justicia Tributaria, que deja sin efecto las órdenes de compra, sea eliminado y se sustituya por una norma que exprese que para los bienes que se adquieran en el mercado local con exoneración de impuestos, el reglamento de la ley desarrollará los controles que correspondan.

En cuanto a la exoneración de los impuestos y demás cargos sobre las importaciones y exportaciones, aseguran que tal beneficio no es atractivo ni práctico para las empresas, ya que para poder importar sus insumos y materias primas tendrían que someterse a un trámite autorizante, el cual es lento y representa costos, dificultándose la operatividad de la empresa con el enorme riesgo de incumplir sus contratos de producción y venta de los bienes que fabrican.

Con respecto a las Zonas Libres, recuerdan que la ley otorga exención a los bienes que importan y exportan las empresas acogidas a este régimen, lo que les permite desaduanar con rapidez sus materias primas e insumos y exportar con fluidez los bienes que producen, ello debido a que la exención no requiere trámites autorizantes para gozarla. Sugieren, al mismo tiempo, que para las importaciones y exportaciones el proyecto de Ley de Justicia Tributaria otorgue a estas operaciones el beneficio de exención para mejorar la competitividad que se trata de obtener con la ley de relación.

ARTÍCULO 15: VIOLA PRINCIPIO DE RETROACTIVIDAD
La AMH criticó también el proyecto en su artículo 15 que se refiere al principio de irretroactividad de la ley, es decir, que las empresas continuarán gozando de los beneficios fiscales que se derogan. No obstante, aclaran, que el contenido de este artículo refleja la buena intención de la cual inicialmente hablamos, pero no basta en este caso la buena intención, ya que en la forma en que está redactado el artículo 15 del proyecto, al derogarse los beneficios fiscales no aplicaría el principio de irretroactividad de la ley, ya que para ello se requiere que la nueva ley (Ley de Justicia Tributaria) no contradiga las normas que contienen los beneficios fiscales contenidos en leyes anteriores, y si estas últimas están derogadas no existen, no producen efectos jurídicos, y por lo consiguiente el principio de irretroactividad no tiene aplicación. Si el artículo 15 del proyecto se aprobara con la redacción que tiene, las empresas que se tratan de proteger quedarían al arbitrio y discrecionalidad del funcionario que autoriza las exoneraciones, quien podría aducir que las exoneraciones están derogadas y que por ello no puede autorizarlas.

Para evitar lo anterior, sugieren que modifique el referido artículo, adicionándole, además del respeto al principio de irretroactividad, el respeto de los derechos adquiridos por las empresas a través del goce de los beneficios fiscales que les otorgan las leyes que contienen los regímenes especiales bajo el cual operan.

De esta forma, dicen los maquiladores, si la ley les reconoce expresamente ese derecho, las empresas podrían continuar operando con la garantía que ofrecería la claridad de la ley, lográndose así que los puestos de trabajo que generan estas empresas estarían protegidos, concretándose con ello la buena intención de los proyectistas de garantizar la operatividad de estas empresas y los miles de empleos directos e indirectos que generan.

Aprovechando el espacio que les concedieron los diputados del proyecto de Ley de Justicia Tributaria, los maquiladores advirtieron también que la reforma de los artículos 174 y 177 del Código Tributario, violenta el derecho de defensa que garantiza la carta magna.

Según la reforma al artículo 174 del citado código, explicaron, el recurso de reposición que se interponga no suspendería la ejecución en el caso de que la resolución recurrida cancele beneficios fiscales; de darse esta situación, no solo se violentaría el derecho de defensa, sino que los puestos de trabajo que generan las empresas que se encuentran en esa situación, corren el riesgo de perderse.

La misma situación se presentaría en el caso de que se impugne una decisión administrativa que ordene la cancelación de beneficios fiscales, ya que la reforma del artículo 177 del Código Tributario se orienta a que en este caso aun cuando se impugne la ejecución continúa su curso; tal situación pone en precario los puestos de trabajo y la estabilidad operativa de las empresas, colocándoles en un estado de indefensión promovido por normas inconstitucionales que le restarían competitividad a Honduras.

Asimismo, consideramos contrarias a la competitividad del país, las reformas al artículo 351 de la Constitución de la República, ya que por una parte van orientadas a darle un alto grado de discrecionalidad a los funcionarios para la cancelación de beneficios fiscales, y por otro lado le ponen una camisa de fuerza al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional para tomar decisiones sabias orientadas a la atracción de inversión y generación de empleo, política contraria a la que están desarrollando todos los países con los cuales competimos.

“Si deseamos cuidar los empleos existentes y adicionalmente ofrecerle oportunidades a los miles de desempleados que tiene Honduras, que tengan la esperanza de tener un empleo digno en su país y evitarles correr los riesgos que enfrentan los migrantes, debemos de ser visionarios y no cerrarnos a las posibilidades de generar riqueza aprobando leyes contrarias a las políticas económicas orientadas a la atracción de inversión y generación masiva de empleo digno”, subraya. (EG)

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