Este movimiento de la Comisión Permanente se basó en el numeral 11 del artículo 208 de la Constitución de la República, que permite la elección interina en caso de falta absoluta de los funcionarios designados por el Congreso Nacional.

Pineda Alvarado plantea el riesgo de que la elección de los fiscales generales nunca se someta a votación en las restantes legislaturas del período 2022-2026, lo que permitiría a Zelaya Morazán ejercer los cinco años estipulados por el artículo 233 de la Constitución de la República.

«A mi parecer, no hay duda de que el nombramiento de interinos implica un interinato de cinco años, a menos que la oposición cuestione a los candidatos apoyados por el sector oficialista», dijo Pineda Alvarado. Y agregó: «Es la intención, según lo que se dice, porque eso satisface las expectativas del sector oficial, aunque preocupa que esto pueda resultar en persecución política y afectar a las autoridades colocadas de manera impositiva».

Además, dijo que una eventual falta de reconocimiento hacia la autoridad que representan Johel Zelaya y Mario Morazán podría incrementar las tensiones entre los servidores del Ministerio Público.

«La situación en las fiscalías se ha manejado tan mal que pocos lamentarán la salida de Chinchilla o de Sibrián. Sin embargo, los fiscales eventualmente reaccionarán, y podríamos ver la repetición del fenómeno de las huelgas de fiscales que se ha vuelto común en nuestro país».